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Servicios - Rehabilitación piscinas existentes

La rehabilitación de una piscina es aquella acción que se realiza para mejorar algunos de los aspectos constructivos y visuales referentes a un cambio estético o de forma, un cambio de revestimiento o una reducción de la profundidad de la piscina ya existente.

Según los datos del Barómetro sectorial de la piscina, en España existen aproximadamente 1,2 millones de piscinas construidas y aproximadamente un poco más de la mitad ya tienen más de 10 años de antigüedad.

Nuestras rehabilitaciones están orientadas a la renovación de piscina, reparación de piscinas o reformas de piscinas, ya sea por estar totalmente obsoletas o para evitar un mayor deterioro que puede ocasionar más gasto a la larga. A continuación, explicamos todas las rehabilitaciones, reformas o reparación de piscinas que realizamos.

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Mantenimiento equipos automáticos

MANTENIMENTO EQUIPOS AUTOMÁTICOS

¿TIENE LA PISCINA CON DESINFECCIÓN AUTOMÁTICA MEDIANTE ELECTRÓLISI SALINA Y REGULADOR DE PH O BOMBA DOSIFICADORA?

 

PIENSE QUE ANUALMENTE ES ACONSEJABLE ANTES DE COMENZAR LA TEMPORADA DE BAÑO PARA GARANTIZAR SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO HACER UNA PUESTA A PUNTO DE LOS APARATOS, QUE CONSTA DE:

 

ELECTRÓLISIS DE SAL

-          Cambio de polaridad célula

-          Análisis de salinidad

-          Calibración parámetros electrólisis

-          Comprobar correcto funcionamiento

 

BOMBA DOSIFICADORA DE CLORO Y PH

-          Limpieza de sondas: desmontar y limpiarlas manualmente

-          Sumergir sondas en contraste de diferentes niveles de pH y calibrar correctamente

-          Comprobar funcionamiento bomba dosificadora

-          Mirar estado tubo dosificación peristáltico y sustituir si es necesario

-          Desmontado membrana inyector bomba y sustituir si es necesario

-          Calibración parámetros regulador de pH y Rx

-          Comprobar correcto funcionamiento

 

Si está interesado sólo debe ponerse en contacto con nosotros en el teléfono 93.797.03.57 o mediante correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y concretar visita.

 

Gracias por su atención,

 

PISCINAS ARGENTONA SL

Mantenimiento filtros silex

MANTENIMENTO DE FILTROS DE SILEX

LA FILTRACIÓN DE SU PISCINA ES CON SÍLEX?

 

PIENSE QUE ANUALMENTE ES ACONSEJABLE ANTES DE COMENZAR LA TEMPORADA DE BAÑO PARA GARANTIZAR SU CORRECTO FUNCIONAMIENTO HACER UNA PUESTA A PUNTO DE LOS APARATOS, QUE CONSTA DE:

 

MANTENIMENTO FILTRO DE SÍLEX:

          La misión del filtro es retener la suciedad existente en el agua de la piscina. Cada vez que realizamos un lavado del mismo nos deshacemos de una parte del sílex. Por lo tanto para tener una filtración lo más eficiente posible, debemos asegurarnos de que el filtro se encuentra siempre en las mejores condiciones posibles, en cuanto a cantidad, calidad y limpieza de la arena.

          Por eso aconsejamos una vez al año, abrir el filtro y realizar una revisión de la arena, hacer una retirada de la arena dañada y añadir nueva. Así conseguiremos una filtración óptima.

 

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PISCINAS ARGENTONA SL

Servicios - Normativa para piscinas


NUEVO REAL DECRETO DE PISCINAS, RD 742/2013, de 27 de septiembre, el nuevo Real decreto de Piscinas públicas y privadas.


PDFREAL DECRETO DE PISCINAS, RD 742/2013.
Formato: PDF
Compresión:
ninguna
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El pasado 11 de octubre se publicó en el Boletin oficial del estado el nuevo decreto de piscinas que regula los criterios técnico-sanitarios de las piscinas, denominado, RD 742/2013.



Resumen:

LAS PRINCIPALES NOVEDADES QUE INCLUYE ESTE REAL DECRETO SON:

Artículo 2: Definiciones.
2. Piscinas de uso público:
Tipo 1: Las piscinas donde es la actividad principal, piscinas públicas, parques acuáticos, piscinas Spa.
Tipo 2: Las piscinas donde es la actividad secundaria, piscinas de Hoteles, alojamientos turísticos, camping o terapéuticas en centros sanitarios.
Tipo 3 A: Las piscinas de comunidades de propietarios, casas rurales o de agroturismo, colegios mayores o similares.
8 Titular: la responsabilidad será del titular bien sea persona física, jurídica, o comunidad de propietarios que sea propietaria de la piscina.

Artículo 3: Ámbito de aplicación.
2. En el caso de las piscinas de uso privado Tipo 3 A  Deberán cumplir como mínimo lo dispuesto en los artículos 5-6-7-10-13 y 14 d, e, f.  Comunicándolo al ministerio de sanidad antes de 12 meses de la entrada en vigor de este real decreto.

Artículo 4: Actuaciones y responsabilidades.
1.  El titular de la piscina deberá comunicar la apertura a la autoridad competente, registrar los datos de autocontrol y situaciones de incidencias, preferentemente en soporte informático.

Artículo 5: Características de la piscina.
2. El titular de la piscina velara para que sus instalaciones tengan los elementos adecuados para prevenir riesgos para la salud.

Artículo 6: Tratamiento del agua.
3. Los tratamientos químicos no se realizaran directamente en el vaso.

Artículo 7: Productos químicos utilizados.
Los biocidas utilizados como desinfectantes (hipoclorito sódico) deberán cumplir con lo dispuesto en el R.D.1054/2002. Y el resto de sustancias químicas se ajustaran a la legislación del REACH.

Artículo 8: Personal.
El personal de mantenimiento y limpieza deberá contar con el certificado o titulo que le capacite. (Para la manipulación de biocidas R.D. 830/2010).

Artículo 9: Laboratorios y métodos de análisis.
2. Los laboratorios donde se realicen las determinaciones analíticas en las piscinas, deberán estar acreditados por la norma UNE EN ISO/IEC 17025. Para comprobar el cumplimiento del ANEXO I.
3. Los kits usados para el control de rutina, deberán cumplir la norma UNE-ISO 17381.

Artículo 10: Criterios de calidad del agua y aire.
1. El agua deberá de estar libre de organismos patógenos que supongan un riesgo para la salud, y deberá cumplir con los requisitos del ANEXO I. En el análisis diario obligatorio se añade la Turbidez y la trasparencia.
2. Las piscinas cubiertas y las salas técnicas, deberán cumplir con el ANEXO II. En el que se realizara el análisis diario obligatorio de CO₂. Conforme a lo descrito en el anexo III.

Artículo 11: Control de calidad.
2.  a) Control inicial: Análisis 15 días antes de la apertura de vaso Anexos I y II.
     b) Control de rutina: Control diario Frecuencia mínima de muestreo Anexo III.
     c) Control periódico: Análisis mensuales en laboratorio Anexos I, II y III.
5. El titular de la piscina deberá disponer de un protocolo de autocontrol.

Artículo 12: Situaciones de incumplimiento.
Todas aquellas que no cumplan con los ANEXOS I, II Y III. Se adoptaran las medidas correctoras inmediatamente, adoptando las medidas oportunas para que no vuelva a ocurrir, la autoridad competente será informada si así lo dispone, por medios electrónicos.
El titular comprobara que se hayan corregido correctamente. Y  se comunicara a los usuarios y a la autoridad competente.
El vaso se cerrara al baño en las siguientes situaciones hasta que se normalicen:
a) Cuando haya riesgo para la salud.
b) Cuando se incumpla el ANEXO I.
c) Cuando haya presencia de heces, vómitos u otros residuos orgánicos visibles.

Artículo 13: Situaciones de incidencia.
1.  Las situaciones de incidencia se describen en el apartado 7 del ANEXO V.
2.  Adoptar medidas correctoras y preventivas.
3.  Informar a la autoridad competente por medios electrónicos.
4. La autoridad competente lo notificara en 1 mes  al ministerio de sanidad a través de su página web con la información del ANEXO V.

Artículo 14: Información al público.
Se pondrá a disposición de los usuarios en una zona visible al menos la siguiente información:
a) Los resultados de los últimos controles realizados (inicial, rutina, o periódico).
b) Información de situaciones de incumplimiento del ANEXO I o II, las medidas correctoras y recomendaciones sanitarias.
c) Material divulgativo sobre prevenciones, como ahogamientos, traumatismos, lesiones, protección solar.
d) Información de los productos químicos utilizados.
e) Información de la existencia o no de socorrista, y las direcciones y teléfonos de los centros sanitarios más cercanos.
f) Las normas, derechos y deberes de utilización de la piscina para los usuarios de la misma.

Artículo 15: Remisión de información.
1 La autoridad competente remitirá al ministerio de sanidad antes del 30 de abril de cada año, la información del año anterior del ANEXO IV.

Artículo 16: Régimen sancionador.
El incumplimiento de este real decreto podrá dar lugar a la aplicación de sanciones según la Ley 14/1986 y la Ley 33/2011.
El ministerio de sanidad elaborara un informe técnico anual sobre la calidad de las piscinas, que pondrá a disposición del ciudadano en su página web.

El presente real decreto entrara en vigor a los dos meses de su publicación en el boletín oficial del estado. Quedan derogadas las ordenes de 31 de mayo de 1960 y la orden de 12 de julio de 1961.
 

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Servicios - Servicio técnico

PISCINES ARGENTONA es una empresa dedicada al servicio integral de la piscina privada dentro del Maresme.

La actividad de PISCINES ARGENTONA se centra en la resolución de todas las incidencias que puedan surgir en una piscina: averías relacionadas con la instalación en general - problemas de depuración - limpieza y mantenimiento - instalación de depuradoras, cloradores salinos, decoración (cascadas e iluminación) , cuadros eléctricos, cobertores, sistemas de calefacción, etc.

Nuestros objetivos están orientados principalmente a satisfacer todas las necesidades de nuestros clientes, adaptándonos en todo momento a sus particularidades y aportando las soluciones necesarias para resolver todo tipo de problemas.

¿CÓMO TRABAJAMOS?
La calidad, profesionalidad y rigor caracterizan nuestro "modus operandi", considerando cada cliente como exclusivo. Asimismo utilizamos materiales de primera calidad para garantizar la longevidad de nuestras instalaciones.
Trabajamos con el mayor esmero posible de manera que nuestros clientes queden satisfechos "a la primera". Nuestra mayor satisfacción radica en constatar que, raramente, nuestros clientes deben recurrir a nuestro Servicio de Garantía. Ello confirma nuestro saber hacer.

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Servicios - Análisis químicos del agua

¿En qué consiste este análisis?

El análisis del agua de piscinas es una prueba muy sencilla, básicamente se requiere un bote de dos litros de capacidad, disponible en farmacias, (conocido como recolector de orina de 24 horas) que contengan el agua de la piscina, éste luego serán analizado en nuestro laboratorio y en un plazo de 5 a 6 días laborables podrá conocer los resultados.

Es importante considerar que este tipo de pruebas deben ser hechas por laboratorios autorizados que son los que podrán proporcionar resultados fiables y certificables de cara a cumplir con la normativa actual en el control del agua de las piscinas.

Análisis de agua piscina 20 parámetros (completo)

El análisis se hace de acuerdo al Decreto 80/1998 de 14 de Mayo de la Comunidad de Madrid. Este control analítico de agua en las piscinas es el más completo y el recomendado de cara a tener un mejor control de la piscina y sus posibles riesgos.

Analizamos los siguientes parámetros:

  • – Olor
  • – Color
  • – Turbidez
  • – pH
  • – Conductividad de entrada
  • – Conductividad del vaso
  • – Amonio
  • – Nitritos
  • – Oxidabilidad
  • – Cloro libre residual
  • – Cloro combinado residual
  • – Cloro total
  • – Recuento de bacterias aerobias a 37 ºC y bacterias coliformes totales
  • – Detección de bacterias coliformes fecales, Escherichia  Coli, Pseudomonas Aeruginosa, Staphylococcus Aureus y  Salmonella spp.
  • – Presencia  de algas, larvas y protozoos

Análisis de agua piscinas 7 parámetros

Este análisis se realiza de acuerdo al Real Decreto 742/2013 de 27 de Septiembre del Ministerio de Sanidad. Aunque no es una prueba tan completa como el análisis de 20 parámetros algunas poblaciones y dependiendo de la inspección piden solo las determinaciones del Real Decreto 742/2013.

Analizamos los siguientes parámetros:

  • – Turbidez
  • – pH
  • – Cloro residual
  • – Cloro combinado residual
  • – Cloro total
  • – Ácido Isocianúrico. Se controlará cuando se utilicen derivados del Ácido Tricloroisocianúrico
  • – Oxidabilidad al permanganato
  • – Recuento de Escherichia  Coli, Pseudomonas Aeruginosa

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Servicios - Detección de fugas

¿Tienes una fuga de agua?

¿No sabes dónde localizarla?

En Piscines Argentona, disponemos de personal cualificado y maquinaria adecuada preparada para la detección de fugas en tuberías de la piscina. Trabajamos mediante una máquina de ultrasonidos que nos permite localizar la fuga a través del ruido que emite la presión del agua en las tuberías. También utilizamos una máquina con gas trazador, donde inyectamos gas en las tuberías y con la máquina detectamos si el gas trazador se escapa de la tubería o no, así saben en qué punto se encuentra la fuga.

Una vez encontrada la fuga, si quiere realizar su reparación con nosotros, disponemos de servicio técnico especializado en reparaciones.

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Servicios - Cambio accesorios vaso piscina

¿Necesitas sustituir accesorios de tu piscina?

¿No sabes cómo hacerlo?

En Piscines Argentona, disponemos de personal cualificado para la sustitución de los accesorios de su piscina, nos encargamos de instalar los accesorios que usted necesita, sea porque se encuentren dañados o para mejorar las prestaciones de su piscina.

Los accesorios que disponemos para sustituir:

Skimmer

Boquillas

Sumidero

Focu

También disponemos de diferentes tipos de repuestos de los accesorios anteriormente comentados:Cestas de skimmer, boquillas, rejas de fondo, lamparas, etc..

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